- Confía legisladora que este año pueda ser aprobada en el Pleno de la LXXIV Legislatura
La diputada impulsora de dicha iniciativa refirió que los profesionistas de recientes generaciones, enfrentan nuevos desafíos de cara a los avances tecnológicos, por lo que se requieren normas que faciliten los trámites, generen estabilidad y procuren la eficacia de los procesos administrativos de la práctica profesional.
Recordó que el Pleno de la LXXIV Legislatura Local aprobó la primera lectura del dictamen por el cual se expide en Michoacán la Ley de Profesiones del Estado, y posteriormente se realizó un foro de análisis en el que se recibieron varias propuestas para incluirse, aunado a que la propuesta, se elaboró con los planteamientos de varios colegios.
Cabe señalar que el dictamen que se sometió a primera lectura por parte de la Comisión de Educación, contenía la propuesta realizada por la diputada Lucila Martínez y por la presentada por el Titular del Poder Ejecutivo del Estado.
Es preciso mencionar que en el ámbito estatal, la Constitución de Michoacán establece en su artículo 144 que para ejercer una profesión en el Estado, se requiere la posesión de un título legalmente expedido y registrado conforme a la ley, la cual determinará las profesiones que requieran título, la forma de su registro, el procedimiento para expedir licencias a los prácticos, y en general, reglamentará todo lo relativo al ejercicio de las profesiones.
Como se recordara el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Educación Pública, celebró un Convenio con el Ejecutivo del Estado de Michoacán para coordinar y unificar el registro profesional, mismo que fue suscrito el 14 de septiembre de 1974, sin embargo, el mismo se dio por terminado mediante oficio SEP/OS0127/2018, en abril 2018.
Por lo anterior, con la nueva ley que se plantea, se dota de las atribuciones necesarias a la Dirección de Profesiones, para que expida la cédula profesional con fines de patente, y que se dé, así, cabal cumplimiento a lo estipulado por el segundo párrafo del artículo 5° de la Constitución de la República. Además se generan beneficios directos para los michoacanos, pues se evitará la necesidad de trasladarse a la Ciudad de México, así como los gastos que eso implica.
De avalarse se realizará la adecuación normativa en materia de administración documental conforme a la modernización que en el país se lleva a cabo, como es el uso de las tecnologías para facilitarle a las y a los michoacanos la tramitación de las cédulas profesionales, aunado a que contribuye a la agilizando sobre la incorporación de nuevas carreras y profesiones.
En lo que respecta al servicio social profesional, la propuesta es que se optimice la vinculación de los profesionistas con la sociedad, así como la adecuación de la certificación profesional a través de prácticas que den certeza a la sociedad y a los profesionistas una oportunidad de mejorar su desempeño.
Así en la propuesta se establece el incorporar acciones de vigilancia con el fin de proteger a los ciudadanos que hacen uso de servicios profesionales.