· La rectora Yarabí Ávila reconoce el respaldo del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla y de las y los diputados locales.
Morelia, Michoacán, a 29 de noviembre de 2024.- La comunidad docente, administrativa y estudiantil de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) tendrá beneficios directos tras la aprobación de la reforma constitucional propuesta por el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla.
La rectora Yarabí Ávila González indicó que la institución camina hacia la vanguardia y destacó que el gobernador nicolaita ha sido un aliado permanente de la casa de estudios, tras referir que desde su paso como diputado tenía la idea de fortalecer a la UMSNH con el presupuesto que requería, hoy dijo, esta gran propuesta se hace una realidad beneficiando a la institución.
“Un reconocimiento al Congreso del Estado por esta votación unánime a favor de la Universidad, por los posicionamientos con mucho cariño que hicieron a la Universidad, que conlleva un compromiso mucho más grande de transparencia, de rendición de cuentas, de impulso a los proyectos de investigación que tengan impacto en la sociedad”.
Es importante mencionar que, la reforma al artículo 143 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo aprobada por el Poder Legislativo contempla cuarto aspectos fundamentales relativos a la autonomía de la institución; el presupuesto pleno; la elección de la rectora o rector de manera democrática, y el tema del sistema de pensiones y jubilaciones.
Referente a la autonomía universitaria, el decreto establece que: “La Benemérita y Centenaria Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo es una institución de servicio, con personalidad jurídica y patrimonio propio; con autonomía plena dedicada a la educación media superior y superior, en sus diversos niveles y modalidades, la investigación científica, la difusión de la cultura y la extensión universitaria”.
Por otro lado, lo concerniente a la elección del cargo de rectora o rector de la UMSNH, establece que se realizará de forma democrática, para lo cual, se deberá contar con la participación de sus órganos de gobierno y de los tres sectores de la comunidad universitaria como son docentes, administrativos y estudiantes, quienes deberán encontrarse en activo.
Cabe señalar que, los dos puntos antes mencionados ya se encuentran considerados en el Estatuto Universitario aprobado por el máximo órgano de gobierno de la UMSNH como es el Consejo Universitario, no obstante, no estaban estipulados en la Constitución de Michoacán como actualmente se establece.
Respecto al presupuesto pleno, se aprobó que, la casa de estudios deberá recibir anualmente por lo menos el 4.5 por ciento del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Michoacán, “en la lógica, que no podrá ser inferior al otorgado en el ejercicio inmediato anterior”.
En tanto, el cuarto punto que aborda la reforma es el sistema propio de pensiones y jubilaciones para el personal docente y administrativo, el cual se eleva a rango constitucional, respetando los derechos adquiridos de las y los trabajadores nicolaitas.
En este sentido, el artículo sexto transitorio, establece a la letra que: “Todos los derechos y obligaciones de los trabajadores de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, así como jubilaciones y pensiones concedidas con anterioridad al presente Decreto, adquiridas por la reforma del año 2020, así como todas las que abonen a los derechos laborales de los trabajadores mencionados, se respetarán en términos de la legislación aplicable al momento de su contratación”.