PROPONE YARABÍ ÁVILA AMPLIAR AGRAVANTES EN DELITO DE ABUSO SEXUAL

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    • Se busca se consideren como agravantes cuando se comete en centros educativos, culturales, públicos, deportivos, religiosos, o por quien desempeña el ministerio religioso
    • En Michoacán hay 117 carpetas iniciadas por abuso sexual en centros escolares, ocho fueron cometidos en guarderías, 11 preescolares y 98 en escuelas de educación básica

     

    Morelia; Michoacán, 21 de agosto de 2019.- Con la finalidad de garantizar a nuestros niños, niñas y jóvenes su derecho al libre desarrollo de la personalidad, a la salud mental y física, y una vida libre de violencia, la diputada Yarabí Ávila González presentó ante el Pleno del Congreso del Estado, la propuesta de reforma al Código Penal del Estado, que amplía las agravantes cuando se comete el delito de abuso sexual.

    La propuesta de reforma al artículo 168 del Código Penal para el Estado, contempla ampliar el abanico de agravantes en abuso sexual, cuando el delito se comete por alguien que desempeñe el ministerio religioso o cualquier otro que implique subordinación por parte de la víctima, además de que serán también objeto de agravante cuando el delito se cometa dentro de los centros educativos, culturales, deportivos, religiosos, de trabajo, o cualquier otro centro de naturaleza social; o bien en inmuebles públicos.

    La diputada priista refirió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confiere a las instituciones educativas, la responsabilidad de garantizar un espacio seguro para los niños y niñas, y protegerlo de todo perjuicio o abuso físico o, incluido el abuso sexual.

    Agregó que actualmente en el caso de Michoacán no se consideran los centros educativos y religiosos. De ahí la propuesta de Ley que contempla implementar una fracción IX que agrave este delito cuando se cometa dentro de centros educativos y religiosos, y sea cometido por alguien del ministerio religioso, conforme a lo que se presenta en el siguiente cuadro comparativo:

    Expuso que el abuso sexual, atenta contra una serie de derechos humanos como son el libre desarrollo de la personalidad, libertad sexual, el derecho a la salud mental y física, y el derecho inherente de todo ser humano a una vida libre de violencia, pero además el abuso sexual por sí mismo, es un acto de violencia sexual que lamentablemente se ha hecho cotidiano en las vidas de niños y niñas, que son los más vulnerables entre la población, sin que hasta el momento se dimensione la gravedad de este delito.

    Finalmente dijo que en nuestro país, de acuerdo con el Diagnóstico cuantitativo sobre la atención de la violencia sexual en México, refiere que, 4 de cada 10 delitos sexuales son en personas menores de 15 años de edad, y entre 2010 y 2015 hubo unas 49 mil víctimas menores de 15 años en averiguaciones previas de casos relacionados con violencia sexual.

    En el caso de Michoacán, de acuerdo con la Fiscalía General del Estado, actualmente hay 117 carpetas iniciadas por abuso sexual en centros escolares, de esos ocho fueron cometidos en guarderías, 11 preescolares y 98 en escuelas de educación básica.