NECESARIO GARANTIZAR EL PLENO EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, COINCIDEN ESPECIALISTAS

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    • Se debe modificar la condición de desventaja, afirman en evento académico organizado por el Poder Judicial de Michoacán y la Suprema Corte de Justicia de la Nación

    Morelia, Michoacán, 23 de noviembre de 2017. Como parte de las actividades del Poder Judicial de Michoacán para aportar a la sensibilización y reflexión del respeto a los derechos humanos entre las y los servidores públicos de la institución, se presentó el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren derechos de personas con discapacidad.

    El evento académico, organizado de manera conjunta con la Suprema Corte de Justicia de la Nación

    (SCJN), contó con la participación de María de los Ángeles Llanderal Zaragoza, magistrada del Supremo Tribunal de Justicia del Estado; Alberto Hernández Ramírez, presidente del Consejo Estatal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Violencia en Michoacán; y, Luis Ventura de la Rosa, presidente de la Asociación Juvenil Juntos por la Inclusión.

    Llanderal Zaragoza comentó que la reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos establece que todas las autoridades deben respetar, promover, proteger y garantizar el respeto de éstos, para todas las personas.

    “El protocolo proporciona líneas a seguir para quienes imparten justicia para que se reflejen en los procedimientos y sentencias; si bien no es de carácter obligatorio, sí es vinculante y se debe cumplir con las normas nacionales y los tratados internacionales de los que México forma parte”. En casos concretos es necesario que el Estado establezca acciones afirmativas o de actuación especial para poner en igualdad de condiciones a todas las personas, puntualizó.

    “El reto es lograr el reconocimiento de la titularidad –tanto en lo material como en lo formal- de los derechos humanos a las personas con discapacidad y, para ello, se tienen que llevar a cabo acciones que modifiquen la condición de desventaja, determinar tratamientos diferenciadores cuando así se requiera y garantizar la accesibilidad al ejercicio de los derechos.

    Hernández Ramírez expresó que uno de los grupos sociales más discriminados es el de las personas con discapacidad “por ello se han creado herramientas legales que permiten entender y atender el tema de la no discriminación.

    Explicó que el derecho a la no discriminación es un derecho rector y que cuando se obstaculiza la posibilidad de ejercerlo, se incurre en un acto discriminatorio e impide las condiciones de igualdad en el desarrollo social; “se debe seguir trabajando para que no existan barreras sociales, ya que la percepción negativa y prejuiciosa propicia la desvalorización”.

    Por su parte, Ventura de la Rosa reconoció la pertinencia de las acciones emprendidas por diversas instituciones para fomentar el conocimiento respecto al tema de derechos humanos y la no discriminación. La accesibilidad para las personas con discapacidad también debe hacerse tangible en los espacios físicos que frecuentan, así como en oportunidades económicas más competitivas y en la posibilidad de obtener un trabajo digno.